En el BOE de 7 de febrero se publica la Orden
DEF/99/2018, de 5 de febrero, por la que se regula el procedimiento que permite
a los militares de carrera participar en las provisiones de puestos de trabajo
en la Administración Civil.
Con el máximo respecto al personal militar, desde
USO queremos manifestar NUESTRO MÁS ENÉRGICO RECHAZO a la incorporación del
personal militar a la Administración General del Estado, mediante
procedimientos que les favorezca, en las convocatorias públicas de provisión de
puestos de trabajo.
USO considera que con ello se vuelve a cercenar
la carrera administrativa en la A.G.E., permitiendo una especie de PROMOCIÓN
HORIZONTAL DEL PERSONAL MILITAR QUE INTENTA “PARCHEAR”, por lo que sin
solucionar los problemas que creó en las estructuras del ejército la
profesionalización de la tropa, genera un problema más en la Administración General
del Estado.
Llama la atención que entre los requisitos que
deben cumplir los militares que deseen participar está el de haber cumplido “al
menos, veinte años de tiempos de servicio desde la adquisición de la condición
de militar profesional”. Es decir, se deja marchar a quién se supone que ya ha
prestado toda su juventud al servicio de la Administración Militar, y
considerando por parte de aquella Administración que “son prescindibles”, se
les permite el paso a otras administraciones…
En esa línea, define la citada orden ministerial
lo que denomina “PERFILES CRÍTICOS”, es decir una relación de personal excluido
y que en resumidas cuentas, abarca a todo el personal con determinados empleos
(tenientes, sargentos) o perfil técnico (informáticos, técnicos de
mantenimiento, sanitarios, etc).
A USO no se le ha consultado ni con USO se ha
negociado la publicación de esta Orden, ignorando qué acuerdos ha podido
concretar la Administración en su caso, con los autodenominados “sindicatos
mayoritarios”.
USO SE MANIFIESTA CONTRARIO A ESTA NUEVA MUESTRA
DE DESPRECIO QUE EL GOBIERNO LE HACE A LOS FUNCIONARIOS DE LA A.G.E. Y LE
EXIGIMOS QUE RECTIFIQUE, REVOCANDO DICHA ORDEN Y EXCLUYENDO AL CITADO PERSONAL
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS FUTURAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE CONCURSOS DE
MÉRITOS.
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