viernes, 9 de febrero de 2018

Administración de Justicia-Concurso de traslados. ¿Cuándo tengo que estar "currando" en mi puesto?



Se ha publicado en el BOE del 08-02/2018 la resolución definitiva del concurso de traslados de territorio Ministerio y de las distintas CCAA con competencias transferidas.
  
IMPORTANTE
Según hemos constatado, al igual que ha ocurrido en concurso anteriores, la incorporación efectiva a su puesto de trabajo del funcionario titular que concursa en su mismo cuerpo (y no está en excedencia) debe producirse dentro del plazo indicado abajo (3, 8, 20 días ó 1 mes), que, al ser un plazo retribuido lo normal es que el funcionario en cuestión apure hasta el último día del plazo, lo que nos daría las siguientes fechas:


AUXILIO Y GESTIÓN:
·         Con plazo posesorio de 3 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 21 de febrero.
·           Con plazo posesorio de 8 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 1 de marzo (teniendo en cuenta que el 28 de febrero es festivo en Andalucía).
·        Con plazo posesorio de 20 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 19 de marzo (teniendo en cuenta que el 28 de febrero es festivo en Andalucía).
·      Con plazo posesorio de 1 mes, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 16 de marzo (cómputo de fecha a fecha).

TRAMITACIÓN PROCESAL:
·         Con plazo posesorio de 3 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 15 de febrero.
·         Con plazo posesorio de 8 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 22 de febrero.
·         Con plazo posesorio de 20 días hábiles, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 13 de marzo (teniendo en cuenta que el 28 de febrero es festivo en Andalucía).
·        Con plazo posesorio de 1 mes, tendrán que estar trabajando en su puesto el día 12 de marzo (cómputo de fecha a fecha).

¡¡¡OJO QUE ALGÚN SINDICATO HA INFORMADO DE FORMA ERRÓNEA A LOS COMPAÑEROS AFECTADOS INDICÁNDOLES QUE TENÍAN QUE IR A TRABAJAR AL DÍA SIGUIENTE DE AGOTAR EL PLAZO DE 3, 8, 20 días ó 1 mes!!! Esta circunstancia sólo podría darse si esperamos al último día a última hora del plazo posesorio de forma que no nos diera tiempo material de comparecer en el puesto de trabajo.
Les reproducimos, a continuación, el cuadro con las fechas de cese generales tanto de titulares como de interinos así como los plazos posesorios. Haz clic sobre la imagen para ampliar.