Aunque la Ley de
Prevención de riesgos Laborales establece las garantías y responsabilidades
necesarias para garantizar un adecuado nivel de protección de la salud de los
trabajadores y trabajadoras frente a los riesgos derivados de las condiciones
de trabajo, lo cierto es que existen riesgos o condiciones laborales que son
inherentes al trabajo que se desarrolla y que no pueden mejorarse por más que
se pongan los medios de prevención correspondientes. Esos riesgos son los que
pueden llegar a catalogar un puesto de trabajo como peligroso o penoso, por su
dificultad de las condiciones de trabajo, lo que implica el reconocimiento del
derecho del trabajador o trabajadora a
percibir un complemento en su nómina por tal circunstancia laboral.
La plantilla del personal
que realiza labores de vigilancia en las Demarcaciones y Servicios Provinciales
de Costas, encuadrados en la estructura orgánica del MAPAMA, como son los
Agentes Medioambientales (personal funcionario) y Técnicos del Servicio de
Vigilancia (personal laboral), realizan funciones de prevención de infracciones
y la defensa del dominio público. En
esta labor, tienen en común la existencia de una serie de riesgos derivados del
desarrollo de su trabajo diario.